cultura y justicia"
Beneficios fiscales para donantes
La Fundació Lluís Espinal es una entidad sin ánimo de lucro y sus donantes disfrutan de los beneficios fiscales regulados en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre y en el Decreto Ley 6/2023 de 19 de diciembre.
Novedades: Ayuda más desgravando más con las donaciones hechas a partir del 1 de enero de 2024.
¿Conoces tus ventajas fiscales?
Si resides en España puedes desgravar tus donativos de la declaración de la Renta. *
TUS PRIMEROS 250 €ANUALES
80% DE DESGRAVACIÓN Podrás desgravarte el 80% de hasta 150 € 250 € sobre importes donados a ONG y Fundaciones
IMPORTE RESTANTE>250 €ANUALES
40% DE DESGRAVACIÓN Podrás desgravarte el 35% 40% del importe de tu donativo que exceda los primeros 150 € 250 €
TU FIDELIDAD DESGRAVA (AÚN) MÁS
45% DE DESGRAVACIÓN Si hace tres dos años seguidos que colaboras con la entidad con una cantidad igual o superior al año anterior, en lugar de un 40%, pasarás a desgravarte un 40% 45% sobre el exceso de más de 250 €
Algunos ejemplos
en función de tu situación y del conjunto de donativos hechos a lo largo del año a ONG y fundaciones
Si haces un donativo de 60 € puedes llegar a recuperar hasta 48 € (hasta el 80% del importe donado).
En cualquiera de los casos seguro que podrás desgravar más de 33 € (más del 40%).
Si haces un donativo de 150 € y es el 2do año que lo haces por un importe igual o superior al año anterior, puedes llegar a recuperar hasta 120 € (hasta el 80% del importe donado).
En cualquiera de los casos seguro que podrás desgravar más de 67,5 € (más del 45%).
Si haces un donativo de 300 €, puedes llegar a recuperar hasta 220 € (hasta el 80% de los primeros 250 € y el 40% de los 50 € restantes).
En cualquiera de los casos seguro que podrás desgravar más de 120 € (más del 40%).
Las deducciones tienen un límite de hasta un 10% sobre la base liquidable.
* Válido para personas residentes en España con excepciones en País Vasco y Navarra.
Para personas jurídicas (empresas)
Como organización, el porcentaje de desgravación es el 35% 40% sobre el total donado.
Si además hace tres dos años seguidos que haces un donativo a la Fundación con una cantidad igual o superior al año anterior, la desgravación aplicable pasa del 40% al 45% 50%.
Ejemplo 1
Si haces un donativo de 800 €, tu empresa se desgravará 320 €.
Ejemplo 2
Si por lo menos es el 2do año que haces un donativo de 2.500 €, tu empresa se desgravará 1.250 €.
Las deducciones para personas jurídicas tienen un límite de hasta un 10% 15% sobre la base liquidable.
Los legados y testamentos están exentos del impuesto sobre sucesiones y donaciones
Incluir Cristianisme i Justícia en el testamento es una manera de extender tu compromiso con la promoción del pensamiento fe y justicia.